Mediación Civil en España
¿Tiene un conflicto con una persona o empresa? En muchos procedimientos civiles y mercantiles, antes de acudir a los tribunales es necesario intentar previamente una solución negociada. Nuestro servicio de mediación le permite cumplir este requisito y, al mismo tiempo, intentar alcanzar una solución rápida, confidencial y con un menor coste que un procedimiento judicial.
La mediación es un procedimiento mediante el cual dos o más partes intentan resolver un conflicto con la intervención de un mediador profesional, neutral e imparcial.
El mediador no decide quién tiene razón ni impone una solución. Su función es facilitar la comunicación y negociación entre las partes para intentar alcanzar un acuerdo que permita resolver el conflicto, sin tener que llegar a la vía judicial.

¿Es necesario intentar una solución antes de presentar una demanda?
En muchos asuntos civiles y mercantiles, sí.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, con carácter general es necesario acreditar que se ha intentado previamente un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC) antes de poder presentar determinadas demandas ante los tribunales civiles.
La mediación es uno de los procedimientos expresamente reconocidos por la legislación española para cumplir este requisito previo.
Por ello, si está pensando en iniciar una reclamación judicial, podemos analizar su situación y determinar si la mediación es adecuada para su caso.
Tenga en cuenta que intentar una mediación no significa que esté obligado a aceptar un acuerdo. Si no es posible alcanzar una solución, podrá finalizarse la mediación y, cuando corresponda, continuar posteriormente con la reclamación judicial.
¿En qué asuntos podemos ayudarle?
Nuestro servicio de mediación civil y mercantil puede utilizarse, entre otros, para conflictos relacionados con:
- Incumplimientos de contratos.
- Reclamaciones de cantidad y deudas.
- Conflictos entre particulares.
- Conflictos entre empresas, proveedores o clientes.
- Desacuerdos entre socios.
- Arrendamientos y alquileres.
- Propiedades y copropiedades.
- Conflictos entre propietarios.
- Herencias y determinadas controversias entre herederos.
- Compraventas de propiedades.
- Prestación de servicios.
- Conflictos comerciales.
- Otros conflictos civiles o mercantiles susceptibles de negociación.
Si no está seguro de si su caso puede someterse a mediación, nuestro equipo podrá estudiar previamente la naturaleza de la controversia.
¿Cómo funciona la mediación?
Una de las partes puede ponerse en contacto con nosotros y explicarnos brevemente el conflicto.
Una vez comprobado que el asunto es adecuado para mediación, se podrá contactar con la otra parte para proponer formalmente el inicio del procedimiento.
El mediador organizará las sesiones necesarias, que podrán celebrarse presencialmenteo, cuando resulte adecuado, mediante videoconferencia.
Durante las sesiones, el mediador ayudará a las partes a identificar los principales puntos de desacuerdo, valorar posibles soluciones y negociar los términos de un eventual acuerdo.
¿Qué ocurre si alcanzamos un acuerdo?
Si las partes consiguen resolver total o parcialmente el conflicto, los términos acordados se recogerán por escrito en un acta de mediación.
El acuerdo será vinculante para las partes y, cuando sea necesario, podrá formalizarse posteriormente para dotarlo de fuerza ejecutiva.
Esto permite solucionar el conflicto sin necesidad de continuar con un procedimiento judicial.
¿Y si no alcanzamos ningún acuerdo?
No existe obligación de alcanzar un acuerdo.
Si alguna de las partes considera que las propuestas realizadas no son satisfactorias, la mediación puede finalizar sin acuerdo.
Cuando la mediación haya sido realizada de conformidad con los requisitos legales, podrá servir para acreditar el intento previo de solución de la controversia y permitir, cuando corresponda, acudir posteriormente a los tribunales.
¿La mediación es confidencial?
Sí.
La mediación es un procedimiento confidencial. Como regla general, las conversaciones, propuestas y documentación utilizadas durante el procedimiento no pueden posteriormente utilizarse libremente por las partes fuera de la mediación.
Esto permite negociar posibles soluciones con mayor libertad y facilita alcanzar acuerdos.
¿Puede realizarse la mediación online?
Sí.
Podemos organizar procedimientos de mediación mediante videoconferencia cuando las circunstancias lo permitan.
Esto resulta especialmente útil para nuestros clientes internacionales, cuando una de las partes reside fuera de España o cuando las partes se encuentran en diferentes lugares.
¿Por qué elegir la mediación?
La mediación puede permitir:
- Resolver el conflicto en menos tiempo.
- Reducir los costes asociados a un procedimiento judicial.
- Mantener la confidencialidad.
- Negociar soluciones más flexibles.
- Evitar la incertidumbre de una sentencia judicial.
- Mantener el control sobre el resultado.
- Cumplir, cuando resulte aplicable, el requisito de negociación previa exigido antes de presentar una demanda.
¿Necesita iniciar una mediación?
Contacte con My Lawyer in Spain y explíquenos su situación. Nuestro equipo analizará el conflicto, comprobará si la mediación resulta adecuada y le explicará los pasos necesarios para iniciar el procedimiento.
Podemos encargarnos de organizar la mediación, contactar con la otra parte y dirigir el procedimiento con el objetivo de alcanzar una solución sin necesidad de acudir a los tribunales.
